EL 14 DE DICIEMBRE SERÁ LA AUDIENCIA PÚBLICA POR PRESUPUESTO Y TARIFARIA 2022

RESOLUCIÓN N° 07/2021.
Oliva (Cba.), 07 de diciembre de 2021.


VISTO:
Que el pasado 30 de noviembre de 2021 el Concejo Deliberante de la Ciudad de Oliva aprobó en primera lectura los siguientes proyectos: Proyecto de Ordenanza Presupuesto y Contabilidad 2022 (Art. 180 y 191 C.O.M.) Plan de obras públicas 2022 (Art. 188 C.O.M.).; Proyecto de Ordenanza Tarifaria anual 2022 (Art. 180/183 C.O.M.).-

Y CONSIDERANDO:
Que, según lo establecido por la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Oliva en su Artículo Nº 112 incisos 8 y 9, requiere de doble lectura para la aprobación de ordenanzas que disponen la creación de nuevos tributos o aumentar los existentes y para la sanción del presupuesto municipal de gastos, recursos y cuenta de inversión. Dicho artículo en su último párrafo establece que “Entre la primera y segunda lectura debe mediar un plazo de quince (15) días corridos, durante el cual el proyecto se publica por los medios disponibles y se convoca a audiencias públicas. En ambas lecturas se requiere para la aprobación, el voto favorable de las dos terceras partes (2/3) de los Concejales presentes.”

Que, según lo establecido por la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Oliva en su Artículo Nº 275 “La Audiencia Pública es una forma de participación a través de la cual los vecinos proponen a la administración municipal, la adopción de determinadas medidas para satisfacer sus necesidades vecinales o reciben de ésta, información de las actuaciones político-administrativas. Se realiza en forma pública, verbal y en un sólo acto. Pueden ser realizadas por video conferencia o por cualquier otra vía de comunicación digital que establezca la reglamentación. Puede
ser solicitada por vecinos, entidades representativas o a instancia de los órganos de gobierno. Las conclusiones no son vinculantes. Las opiniones mayoritarias que se expresan en audiencia pública, son ponderadas en las decisiones que adopte la autoridad competente, indicando, en su caso los fundamentos y motivos por los cuales dichas conclusiones no fueron recibidas. Se garantiza el respeto de igualdad, publicidad, oralidad, informalidad, gratuidad y accesibilidad”.-

Que la Ordenanza Nº 47/2018 reglamenta los objetivos, procedimientos y alcances de las Audiencias Públicas convocadas por el Concejo Deliberante y/o el Poder Ejecutivo Municipal.

Por todo ello:

El PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE OLIVA RESUELVE:

Artículo Nº 1: Convocase a Audiencia Pública para el día 14 de diciembre de 2021 a las 19:30 hs en la Sala Anexa del Auditorio Municipal de la Ciudad de Oliva. La modalidad y lugar a realizarse podrá sufrir modificaciones atento a la evolución de la situación epidemiológica local o del número de inscriptos.

Artículo Nº 2: Se someterá a consideración de los vecinos de la Ciudad de Oliva los siguientes proyectos de ordenanza: Proyecto de Ordenanza Presupuesto y Contabilidad 2022 (Art. 180 y 191 C.O.M.) Plan de obras públicas 2022 (Art. 188
C.O.M.).; Proyecto de Ordenanza Tarifaria anual 2022 (Art. 180/183 C.O.M.).-
Se convoca a exponer a la Cr. Crsitina Rampoldi Secretaria de Modernización y Finanzas del Municipio.-

Artículo Nº 3: Representantes de personas jurídicas. Se aceptará un representante por personas jurídica inscriptas. –

Artículo N° 4: Inscripciones. Para participar en la Audiencia Pública, las inscripciones se receptarán en Mesa de Entrada del Palacio Municipal de 7:00 a 13:00, hasta el día martes 14 de diciembre de 2021, debiendo consignar Nombre y
Apellido, tipo y Nro de Documento, dirección y teléfono de contacto. Los participantes inscriptos tendrán un máximo de 10 minutos para realizar sus argumentaciones y opiniones en torno al tema. La asistencia es libre, el asistente
no inscripto no tendrá voz en la audiencia pública. Al finalizar la etapa de exposición, los presentes podrán realizar preguntas escritas.-

Artículo N° 5: Notifíquese, publíquese y archívese. –

Cr. Matías Nicolás García
Presidente Concejo Deliberante
Municipalidad de Oliva

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