LIF – TRIBUNAL DE DISCIPLINA – 17/8/2016

LIGA INDEPENDIENTE DE FUTBOL DE ONCATIVO
TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA

BOLETÍN OFICIAL Nº 27/16 – 17/08/2016

  1. Se recibe descargo del Club Flor de Ceibo para su tratamiento.
  2. Se recibe descargo de Independiente D. S. C: de Oliva para su tratamiento.
  3. Partido de división seniors entre Def. de James Craik “B” vs Flor de Ceibo el día 13/08/2016 según informe arbitral no se presento a jugar el equipo de James Craik, por lo cual este Tribunal RESUELVE: sancionar al Club de James Craik “B” con una multa de 100 entradas VR según Art. 9 del Reglamento Interno y la consecuente perdida del partido con el resultado Def. de James Craik “B” 0 (cero) Flor de Ceibo 1 (uno), también correr vista a dicho club porque no se abonaron los aranceles de $525, adicional policial de $300 y Personal médico de $200, todo esto a cargo de este Club.
  4. Partido de Fútbol Femenino entre 9 de Julio de Las Junturas vs. Flor de Ceibo según el informe arbitral por la no presentación de equipo, este Tribunal RESUELVE: aplicar una multa de 58 entradas VR según Art. 109 Inc. e y 33 del R.T.P. y la consecuente pérdida de partido con el resultado 9 de Julio de Las Junturas 1 (uno) Flor de Ceibo 0 (cero).
  5. Partido de Fútbol Femenino entre 9 de Julio de Las Junturas vs. Independiente de Toledo según el informe arbitral por la no presentación de equipo, este Tribunal RESUELVE: aplicar una multa de 58 entradas VR según Art. 109 Inc. e y 33 del R.T.P. y la consecuente pérdida de partido con el resultado 9 de Julio de Las Junturas 1 (uno) Indep. De Toledo 0 (cero).
  6. Este Tribunal RESUELVE: suspender por 24 meses de acuerdo a los Art. 247 Inc. 2, Art. 253 y 33 del R.T.P. al delegado de Divisiones Inferiores Sr. Luis Ferreyra del Club 9 de Julio de Las Junturas.
  7. Partido de 1º división de la final de vuelta entre Independiente D.S.C. vs Flor de Ceibo el día 07/08/2016; VISTO: las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal, en virtud de los informes presentados por la policía de Oliva sobre los incidentes del partido que disputaron los equipos de Independiente D.S.C. vs Flor de Ceibo; CONSIDERANDO: los descargos presentados por ambas Instituciones ; este Tribunal de Disciplina RESUELVE: a) aplicar al Club Flor de Ceibo de Oncativo las siguientes sanciones: 1) multa de 200 entradas VR. Art. 80 Inc. A, D, F, y 33 de R.T.P.; 2) suspensión de cancha por el término de 1 fecha Art. 81 y 33 del R.T.P.; b) aplicar a Independiente D.S.C. las siguientes sanciones: 1) multa de 100 entradas VR. Art. 80 Inc. A, F y 33 de R.T.P.; 2) suspensión de cancha por el término de 1 fecha Art. 81 y 33 del R.T.P.
  8. Este Tribunal eleva a la Mesa Ejecutiva la documentación de los Sres. veedores, Informe policial y nota de reclamo de Indep. D. S. C. de Oliva, para que los Presidentes de Indep. D.S.C. y Flor de Ceibo resuelvan ya que difieren en los paños rotos reclamados; aclaramos que en la nota de los veedores y policía citan 5 paños rotos y en la nota de Independiente reclama 10 paños.

PRESENTES: Pte: Sr. Claudio Scorza; Vice-Pte: Miguel Albera; Secretario: Sr. Eduardo Margaritini; Vocales: Sr. Eduardo Varela y Cristian Cottura.-

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